¿Necesitas ayuda o asesoramiento sobre la instalación de puntos de recarga en garajes comunitarios?

En LPM Fincas podemos asesorarte para la instalación de los puntos de recarga en las comunidades de propietarios que gestionamos.

Ley de Propiedad Horizontal

Aquí puedes consultar la Ley 49/1960

En primer lugar, los aspectos a tener en cuenta la hora de instalar puntos de recarga para vehículos eléctricos en una comunidad de vecinos.

  • Para llevar a cabo la instalación no es necesario ningún tipo de votación.
  • La persona que quiera el punto de recarga ha de comunicar al administrador o presidente su intención.
  • Si se pretende instalar en el aparcamiento del edificio un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado, siempre que éste se ubicara en una plaza individual de garaje, sólo se requerirá la comunicación previa a la comunidad de que se procederá a la instalación. El coste de dicha instalación será asumido íntegramente por el o los interesados directos en la misma. (L19/2009 que modifica L49/1960 de 21 de julio)

Existe la siguiente: Normativa ITC-BT-52

Instrucción Técnica Complementaria del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión 52: INSTALACIONES CON FINES ESPECIALES. INFRAESTRUCTURA PARA LA RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

  • El ámbito de aplicación de esta normativa abarca los garajes comunitarios de nueva construcción (plazas de aparcamientos colectivos en edificio de viviendas).
  • Si el edificio es previo a la normativa, no es obligatorio ningún tipo de preinstalación para los puntos de recarga de vehículos eléctricos.
  • Por el contrario, si se trata de un edificio de nueva construcción, se realizará una preinstalación con dichos fines.
  • La preinstalación es la realización de canalizaciones, pasa muros y arquetas necesarias para preparar y facilitar de manera más sencilla la instalación posterior de puntos de recarga, con un resultado ordenado y eficiente.

Esquemas de instalación para la recarga de vehículos eléctricos en garajes comunitarios

Esquema 1 de instalación: Individual

Este esquema es individual, es decir, se trata de instalar el punto de recarga vinculado al contador principal de la vivienda. En este caso, el usuario propietario del vehículo eléctrico y de la plaza de garaje NO requiere aprobación por parte de la Junta de la Comunidad. Si se diera el caso de concurrir varias plazas de garaje (usuarios individuales que vayan a recargar su vehículo eléctrico con este esquema), sería recomendable la realización de una preinstalación general en la finca para facilitar la disposición de la instalación eléctrica (cableado y otros elementos). Esta preinstalación, a pesar de su conveniencia, se aplica en pocas ocasiones porque el coste económico lo asume la propia comunidad y todavía el uso de vehículos eléctricos no es mayoritario. Es, sin embargo, lo más práctico de cara al futuro dada la tendencia actual en alza de este tipo de movilidad.

Para la instalación individual el usuario (propietario/a de la plaza) solicita un nuevo suministro en la finca a su distribuidora eléctrica, asumiendo él todos los gastos. Será, por tanto, un contador individual que únicamente este usuario podrá utilizar.

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Esquema 2 de instalación: Troncal

Se trata de un esquema troncal, con un contador principal en el origen de la instalación y contadores secundarios en cada una de las estaciones de carga.

Este esquema requiere la aprobación de la Junta de la Comunidad.. La alimentación eléctrica usada en los puntos de recarga procede del contador de la comunidad, al que se conectan los puntos de recarga. Para esta solución, la comunidad puede dar de alta un nuevo contador específicamente destinado a ello. Para esto, la comunidad ha de contratar a una empresa en calidad de gestor de carga..

La energía eléctrica consumida por los puntos de recarga en este esquema de instalación será costeada únicamente por los usuarios de los coches eléctricos, mediante sus propios contadores secundarios. El sistema de cobro lo puede gestionar el propio Administrador de fincas a través de sus servicios.

Dado el auge del uso del vehículo eléctrico en España, los administradores de fincas están solicitando cada vez más nuevas medidas y ayudas para la implantación de instalaciones de recarga. De esta manera, se han aprobado diferentes planes de ayuda para ello (Plan MOVES) y se esperan nuevas medidas en el futuro próximo tanto por parte de la Administración central como de las administraciones de comunidades autónomas.